9 jul 2009

CONCEJALES FONZALIDISTAS PIDEN AL VICE INTENDENTE SOTERAS QUE RINDA CUENTAS.

Mediante carta documento, los concejales fonzalidistas intimaron al viceintendente Luis Soteras a responder al pedido de rendición de cuentas presentado en la última sesión del Concejo Deliberante. Soteras no descartó un trasfondo político en esta actitud al afirmar que “hay que separar las cuestiones institucionales de las cuestiones políticas”. No obstante aseguró que la documentación requerida “estuvo, está y estará a disposición de los concejales”. Cabe recordar que tras el resultado del comicio de hace dos semanas, la gestión del intendente Lázaro Fonzalida recibió cuestionamientos e incluso una delegación del Tribunal de Cuentas de la Provincia lo auditó. Los ediles fonzalidistas Viviana Romero y Adrián Ormeño y los que responden a Graciela Nader, Rodrigo Brizuela y Doria y Juan José días presentaron en la última sesión realizada en Vichigasta, un pedido de rendición de cuentas a Soteras del movimiento de fondos del primer semestre del año. Al no haber respuesta, anteayer le enviaron una carta documento intimándolo y considerando que el no cumplimiento de esa medida puede ser causal de mal desempeño de sus funciones. La postura fonzalidista es también el reflejo de las fisuras que desde hace un tiempo se dan en la relación entre el intendente y el viceintendente más teniendo en cuenta que los concejales que firmaron el pedido de rendición de cuentas son los que responden al fonzalidismo y a Graciela Nader, sectores que trabajaron juntos para la elección próxima pasada. En tanto a Soteras se lo vio más con el sector de Fernando Rejal y Silvia Gaitán. Según informó el Vice intendente Soteras “recibí una carta documento por parte de los concejales Juan José Díaz, Viviana Romero, Adrián Ormeño y Rodrigo Brizuela y Doria en la que dice: Ante la falta de respuesta o cumplimiento de lo requerido por nota del 18 de junio aprobado en una sesión llevada a cabo en Vichigasta y atento con las facultades conferidas en la Ley Orgánica transitoria (Artículo 74 inciso tercero), en nuestro carácter de concejales lo intimamos para que en perentorio término de 48 horas ponga a disposición del cuerpo de concejales municipales la totalidad de las resoluciones, órdenes de pago, listados, cheque emitido y libro de banco del Concejo Deliberante desde el mes de enero a la fecha. Todo ello bajo el apercibimiento de considerar vuestra actitud como causal de mal desempeño de sus funciones ante su incumplimiento”. Mediante carta documento Soteras les contentó “que la documentación requerida y mencionada estuvo, está y estará a su disposición. La errónea interpretación que ustedes realizan del artículo 74, inciso tercero de la ley Transitoria aclarando que dicha función expresada en el mencionado artículo es de tipo administrativa y no de contralor, dicha atribución por imperio del artículo 137 la ley Orgánica Transitoria corresponde en exclusiva al Tribunal de Cuentas de la provincia de La Rioja”. Asimismo les comunicó que “la rendición del primer trimestre fue presentada en tiempo y en forma ante las autoridades legitimadas por ley que es el Tribunal de Cuenta” y “la presentación del segundo trimestre sobre la documentación que están solicitando está a su disposición dentro del seno del Concejo Deliberante y desde agosto estarán en el Tribunal de Cuentas”.

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